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Artículo 13: transparencia en la IA de RR. HH.

Cómo se aplica el artículo 13 del Reglamento de IA a la tecnología de recursos humanos: instrucciones de uso, quién informa a candidatos y trabajadores, funciones del proveedor y del empleador, fechas y multas.

Los proveedores de IA de alto riesgo para tecnología de recursos humanos deben hacer sus sistemas lo bastante transparentes para que los responsables del despliegue interpreten sus resultados (artículo 13).

«Tecnología de recursos humanos» no es una categoría del Reglamento. Los sistemas del anexo III, punto 4 (empleo y gestión de los trabajadores), por ejemplo los filtros de candidaturas, son de alto riesgo (artículo 6(2)). Existe una excepción (artículo 6(3)). Las normas se aplican desde el 2 de diciembre de 2027 (artículo 113, letra c), inciso i)). Las multas alcanzan 15 millones de EUR o, para una empresa, el 3 % del volumen de negocios anual mundial, si esta cuantía es superior (artículo 99(4)). Siguiente paso: compruebe sus instrucciones de uso con la lista del artículo 13(3).

El artículo 13 no contiene ninguna norma específica de la tecnología de recursos humanos: las mismas obligaciones de transparencia se aplican a todo sistema de alto riesgo

El artículo 13 se dirige a los responsables del despliegue, como los empleadores. No nombra ninguna métrica de exactitud ni de equidad.

  • Transparencia para interpretar los resultados

    Los sistemas de IA de alto riesgo deben diseñarse de modo que su funcionamiento sea lo bastante transparente para que los responsables del despliegue interpreten los resultados y los usen adecuadamente (artículo 13(1)).

  • Instrucciones de uso

    Las instrucciones, en un formato digital adecuado o de otro tipo, deben contener información concisa, completa, correcta y clara que sea pertinente, accesible y comprensible para los responsables del despliegue (artículo 13(2)).

  • Proveedor, finalidad, precisión y riesgos

    Según el artículo 13(3), las instrucciones contienen como mínimo estos elementos. Las instrucciones indican la identidad y los datos de contacto del proveedor (artículo 13(3), letra a)). Describen la finalidad prevista, las características, las capacidades y las limitaciones del sistema. Indican el nivel de precisión, con sus parámetros, solidez y ciberseguridad con el que se probó y validó el sistema. Enumeran las circunstancias conocidas o previsibles que puedan dar lugar a riesgos para la salud, la seguridad o los derechos fundamentales (artículo 13(3), letra b), incisos i) a iii)).

  • Explicación, grupos, datos, cambios, supervisión y mantenimiento

    La misma lista continúa en el artículo 13(3). Cuando proceda, las instrucciones describen las capacidades técnicas para explicar los resultados y la información para interpretarlos (letra b), incisos iv) y vii)). Cuando sea oportuno, indican el funcionamiento con respecto a determinadas personas o colectivos y las especificaciones de los datos de entrada o de los conjuntos de datos usados (letra b), incisos v) y vi)). Enumeran los cambios predeterminados en la evaluación de la conformidad inicial, en su caso (letra c)). Describen las medidas de supervisión humana, así como los recursos de hardware necesarios, la vida útil prevista y el mantenimiento (letras d) y e)). Cuando sea pertinente, describen cómo recopilan, almacenan e interpretan los archivos de registro los responsables del despliegue (letra f)).

La tecnología de recursos humanos puede ser de alto riesgo según el anexo III, punto 4

La tecnología de recursos humanos no es una categoría del Reglamento. Lo que cuenta es el uso que enumera el anexo III, punto 4 («Empleo, gestión de los trabajadores y acceso al autoempleo»).

  • Punto 4, letra a): contratación y selección

    Sistemas de IA destinados a ser utilizados para la contratación o la selección de personas físicas, en particular para publicar anuncios de empleo específicos, analizar y filtrar las solicitudes de empleo y evaluar a los candidatos.

  • Punto 4, letra b): relaciones de índole laboral

    Sistemas de IA destinados a ser utilizados para tomar decisiones que afecten a las condiciones de las relaciones de índole laboral o a la promoción o rescisión de relaciones contractuales de índole laboral, para la asignación de tareas a partir de comportamientos individuales o rasgos o características personales o para supervisar y evaluar el rendimiento y el comportamiento de las personas en el marco de dichas relaciones.

  • Existe una excepción, y nunca cubre la elaboración de perfiles

    Un sistema del anexo III no es de alto riesgo si no plantea un riesgo importante de daño para la salud, la seguridad o los derechos fundamentales de las personas físicas, incluso al no influir sustancialmente en el resultado de la toma de decisiones. La excepción solo se aplica cuando se cumple cualquiera de las cuatro condiciones del artículo 6(3), letras a) a d). Un sistema que elabora perfiles de personas físicas es siempre de alto riesgo. Un proveedor que considere que su sistema no es de alto riesgo debe documentar su evaluación antes de introducirlo en el mercado o ponerlo en servicio (artículo 6(4)). La Comisión debía proporcionar directrices con ejemplos prácticos a más tardar el 2 de febrero de 2026 (artículo 6(5)).

  • El desarrollador del software es el proveedor, el empleador que lo utiliza es un responsable del despliegue

    El proveedor es la persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que desarrolla un sistema de IA, o que lo hace desarrollar, y lo introduce en el mercado o lo pone en servicio bajo su propio nombre o marca (artículo 3, punto 3). Los proveedores de sistemas de alto riesgo deben garantizar que sus sistemas cumplen los requisitos de la sección 2 (artículos 8 a 15) (artículo 16, letra a)). El responsable del despliegue es una persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que utiliza un sistema de IA bajo su propia autoridad, salvo cuando se utiliza en el contexto de una actividad personal de carácter no profesional (artículo 3, punto 4). Un empleador que utiliza un sistema de recursos humanos es un responsable del despliegue con las obligaciones del artículo 26. Un responsable del despliegue pasa a ser proveedor si pone su nombre o marca en un sistema de alto riesgo ya introducido en el mercado, le hace una modificación sustancial o modifica la finalidad prevista de un sistema de modo que pase a ser de alto riesgo (artículo 25(1)).

  • Fechas, sistemas anteriores y exclusiones del ámbito de aplicación

    Los requisitos para los sistemas del anexo III se aplican desde el 2 de diciembre de 2027 (artículo 113, letra c), inciso i)). Un sistema de IA de alto riesgo introducido en el mercado o puesto en servicio antes de esa fecha solo queda cubierto si, a partir de ella, su diseño sufre cambios significativos. En cualquier caso, los proveedores y los responsables del despliegue de sistemas de IA de alto riesgo destinados a ser utilizados por autoridades públicas deben adoptar las medidas necesarias para cumplir a más tardar el 2 de agosto de 2030 (artículo 111(2)). El Reglamento no se aplica a los ámbitos que queden fuera del ámbito de aplicación del Derecho de la Unión (artículo 2(3)), ni a los sistemas o modelos de IA, incluidos sus resultados, desarrollados y puestos en servicio específicamente con la finalidad exclusiva de la investigación y el desarrollo científicos (artículo 2(6)), ni a las actividades de investigación, prueba o desarrollo previas a la introducción en el mercado o la puesta en servicio de un sistema; las pruebas en condiciones reales no quedan excluidas (artículo 2(8)). No se aplica a las obligaciones de los responsables del despliegue que sean personas físicas y utilicen sistemas de IA en el ejercicio de una actividad puramente personal de carácter no profesional (artículo 2(10)). Los sistemas de IA publicados con licencias libres y de código abierto quedan fuera, salvo que se introduzcan en el mercado o se pongan en servicio como sistemas de alto riesgo o como sistemas del artículo 5 o 50 (artículo 2(12)).

  • Los candidatos y trabajadores afectados por decisiones son informados con arreglo a otros artículos

    El artículo 13 no obliga a nadie a informar a candidatos o trabajadores. Los responsables del despliegue de sistemas de IA de alto riesgo del anexo III que tomen decisiones o ayuden a tomar decisiones relacionadas con personas físicas informarán a estas de que están expuestas a la utilización del sistema (artículo 26(11)). Toda persona sujeta a una decisión adoptada por el responsable del despliegue sobre la base de los resultados de un sistema del anexo III (con excepción del punto 2), que produzca efectos jurídicos o le afecte de modo similar y significativo, de un modo que considere que tiene un efecto perjudicial para su salud, su seguridad o sus derechos fundamentales, tendrá derecho a obtener del responsable del despliegue explicaciones claras y significativas sobre el papel que el sistema de IA ha tenido en el procedimiento de toma de decisiones y sobre los principales elementos de la decisión adoptada (artículo 86(1)). Esto solo se aplica en la medida en que el Derecho de la Unión no establezca ya ese derecho de otro modo (artículo 86(3)).

  • Los empleadores informan a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores afectados

    Antes de poner en servicio o utilizar un sistema de IA de alto riesgo en el lugar de trabajo, los responsables del despliegue que sean empleadores informarán a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores afectados de que estarán expuestos a la utilización del sistema. Esta información se facilitará, cuando proceda, con arreglo a las normas y los procedimientos establecidos en el Derecho de la Unión y nacional y a la práctica en materia de información a los trabajadores y a sus representantes (artículo 26(7)).

Lo que el Reglamento deja abierto

  • Ninguna métrica de exactitud o de equidad obligatoria

    El Reglamento no nombra ninguna métrica de exactitud ni de equidad. Las instrucciones deben indicar el nivel de exactitud y sus parámetros, con los que se ha probado y validado el sistema (artículo 13(3), letra b), inciso ii), y artículo 15(3)). Cuando proceda, indican el comportamiento del sistema respecto de personas o grupos de personas concretos con los que se pretende utilizar (artículo 13(3), letra b), inciso v)).

  • El Reglamento no nombra ninguna norma; existen normas armonizadas y directrices

    El propio Reglamento no nombra ninguna norma para la transparencia. Pide tener en cuenta el estado de la técnica generalmente reconocido (artículo 8(1)). Los sistemas de IA de alto riesgo conformes con normas armonizadas cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial se presumen conformes con los requisitos de la sección 2 que esas normas cubran (artículo 40(1)). La Comisión elaborará directrices sobre la aplicación de los requisitos de los artículos 8 a 15 (artículo 96(1), letra a)). Cualquier otra norma que use un proveedor es una decisión de diseño voluntaria.

Ejemplo: lo que podrían decir las instrucciones de una herramienta de cribado de currículos

Son ejemplos, no requisitos.

  • Ejemplo: comportamiento por grupos (artículo 13(3), letra b), inciso v))

    Cuando proceda, las instrucciones indican cómo se comporta la herramienta con los grupos de candidatos a los que se destina, por ejemplo según el idioma de la solicitud.

  • Ejemplo: supervisión y registros (artículo 13(3), letras d) y f))

    Las instrucciones describen cómo un reclutador revisa una clasificación y puede anularla, y cómo el empleador recoge, almacena e interpreta los registros de la herramienta.

Preguntas frecuentes: métricas, información a candidatos, fechas y multas

¿Deben las instrucciones indicar una métrica de equidad?

El Reglamento no nombra ninguna métrica. Las instrucciones deben indicar el nivel de exactitud y sus parámetros, con los que se ha probado y validado el sistema (artículo 13(3), letra b), inciso ii), y artículo 15(3)). Cuando proceda, indican el comportamiento respecto de personas o grupos de personas concretos con los que se pretende utilizar el sistema (artículo 13(3), letra b), inciso v)).

¿Hay que informar a los candidatos de que se ha usado IA?

El artículo 13 no lo exige. Los responsables del despliegue de sistemas de IA de alto riesgo del anexo III que tomen decisiones o ayuden a tomar decisiones relacionadas con personas físicas informarán a estas de que están expuestas a la utilización del sistema (artículo 26(11)). Los empleadores informarán a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores afectados antes de utilizar un sistema de alto riesgo en el lugar de trabajo (artículo 26(7)), cuando proceda con arreglo a las normas y los procedimientos del Derecho de la Unión y nacional en materia de información a los trabajadores y a sus representantes. El artículo 50(1) exige por separado que los proveedores diseñen los sistemas que interactúan directamente con personas físicas de modo que estas sean informadas de que están interactuando con un sistema de IA, salvo que resulte evidente.

¿Desde cuándo se aplican las normas del artículo 13 a la tecnología de recursos humanos?

Los requisitos para los sistemas del anexo III se aplican desde el 2 de diciembre de 2027 (artículo 113, letra c), inciso i)). Un sistema de IA de alto riesgo introducido en el mercado o puesto en servicio antes de esa fecha solo queda cubierto si, a partir de ella, su diseño sufre cambios significativos. En cualquier caso, los proveedores y los responsables del despliegue de sistemas de IA de alto riesgo destinados a ser utilizados por autoridades públicas deben adoptar las medidas necesarias para cumplir a más tardar el 2 de agosto de 2030 (artículo 111(2)).

¿Cuánto son las multas y son más bajas para las empresas pequeñas?

El artículo 16 establece las obligaciones de los proveedores, entre ellas el cumplimiento de los requisitos de los artículos 9 a 15. El incumplimiento se sanciona con multas de hasta 15 millones de EUR o, para una empresa, el 3 % del volumen de negocios anual mundial, si esta cuantía es superior (artículo 99(4)). Para las pymes, incluidas las empresas emergentes, y las pequeñas empresas de mediana capitalización (artículo 3, punto 14 ter), cada multa llega como máximo al menor de los dos importes (artículo 99(6) y (6 bis)). El porcentaje del volumen de negocios se aplica si el infractor es una empresa (artículo 99(4)). Cada Estado miembro establece en qué medida pueden imponerse multas administrativas a las autoridades y organismos públicos establecidos en él (artículo 99(8)).

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